Arrendamiento de locales en Cuba para trabajadores por cuenta propìa
A partir del primero de
enero del 2012, y de forma gradual durante ese año, trabajadores asalariados de
las empresas provinciales de Servicios Personales, Técnicos y del Hogar se
integrarán al sistema de gestión económica de arrendamiento de locales y áreas
como trabajadores por cuenta propia, según norman las resoluciones 516, 46, y
409 de los ministerios de Comercio Interior, Trabajo y Seguridad Social, y
Finanzas y Precios, respectivamente, publicadas hoy en la Gaceta Oficial
Extraordinaria No. 46 del 23 de diciembre del 2011.
La medida comenzará a
aplicarse en seis provincias: Pinar del Río, La Habana, Matanzas (solo para
la zona de la Península
de Hicacos en esta etapa), Villa Clara, Ciego de Ávila y Las Tunas, e irá
abarcando el resto del país de forma progresiva.
Como mismo se reguló para
el caso del arrendamiento de barberías y peluquerías de uno a tres sillones
pertenecientes a las empresas provinciales de Servicios Personales, Técnicos y
del Hogar, los inmuebles y los medios de trabajo que se incluyan en el contrato
de arrendamiento permanecerán como propiedad del Estado. No obstante, con la
nueva modalidad, los trabajadores establecerán los horarios y precios de los
servicios que oferten.
Dentro de las actividades
que integran este sistema de gestión económica se encuentran algunas como
carpintero, fotógrafo, reparador de artículos de joyería, de colchones, de
enseres menores, y de equipos eléctricos y electrónicos. También: tapicero,
amolador, cerrajero, relojero, zapatero remendón, y otras labores de servicios,
aprobadas dentro del trabajo por cuenta propia.
Se continúa avanzando así
en el cumplimiento del Lineamiento 308, el cual aprobó la introducción de
formas no estatales en el comercio, fundamentalmente en los servicios
gastronómicos, personales y técnicos de uso doméstico.
NOTICIAS PRENSA CUBANA HOY
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