El Consejo de Estado, conforme a lo establecido en la Constitución de la República y en la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1992, “Ley Electoral”, acordó, con fecha 5 de febrero de 2013 lo siguiente:
Que el diez de febrero de 2013, los delegados elegidos en las elecciones efectuadas el día 3 de febrero para integrar las asambleas provinciales del Poder Popular, reunidos por derecho propio, procedan a dejar constituidas dichas asambleas para un nuevo mandato de cinco años.
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