Masivo impacto por reformas a Ley de la Vivienda en Cuba
Más de tres millones de
titulares de viviendas, bajo el régimen de propiedad personal, se beneficiarán
con el Decreto-Ley No 288, que modificará parcialmente la Ley General de la Vivienda, a partir del 10
de noviembre próximo.
Ese decreto, publicado el 2
de noviembre último en la Gaceta
Oficial Extraordinaria número 35, tiene entre sus objetivos fundamentales
contribuir al alivio del problema habitacional en Cuba y flexibilizar
limitaciones y agilizar los trámites en los actos de transmisión de la
propiedad de la vivienda.
La nueva legislación se
centra en el derecho de cada propietario a disponer de su inmueble sin
mediación de las direcciones de la
Vivienda, por lo que incluyen solamente a los dueños legales,
esclareció Oris Silvia Fernández, presidenta del instituto correspondiente.
Fernández indicó en
conferencia de prensa realizada este viernes, que los actos de transmisión de
la propiedad se realizarán directamente ante notario público, sin la
intervención de otras instancias, y solamente se exige que el inmueble esté
inscrito en el Registro de la
Propiedad, y que su titular haya liquidado con el Banco sus
adeudos por la adquisición de la casa.
La funcionaria precisó que
modificaciones esenciales se realizaron en el Capítulo V de la Ley No 65, en el cual se
reconocen la compraventa, permuta, donación y adjudicación -por divorcio,
fallecimiento o salida definitiva del país del propietario- de inmuebles entre
personas naturales cubanas con domicilio en el país y extranjeros residentes
permanentes en la Isla.
Las normas jurídicas
ratifican, además, que un ciudadano solo podrá ser propietario de una vivienda
en la categoría de residencia permanente y de otra en zonas de descanso o
veraneo, esta última entendida como las áreas que se encuentran fuera de las
ciudades (playa o campo), aclaró Graciel Rodríguez, presidente del Instituto de
Planificación Física, presente en el encuentro.
Por su parte Francisco
García, viceministro del Ministerio de Justicia, dijo que la declaración del
precio legal de la transacción, en el caso de compraventa, representa una
seguridad jurídica tanto para el vendedor, quien así acredita legalmente el
ingreso, como para el comprador, que obtiene una garantía del dinero pagado por
el inmueble, cuyo monto se devolvería en caso de anulación.
En la conferencia de prensa
se llamó la atención en que la Ley
protege a las personas convivientes que dependan del propietario (hijos,
ancianos, mujeres embarazadas), por lo que el dueño del inmueble no debe
realizar con la vivienda ningún acto que los desproteja, pues será causa de
anulación.
NOTICIAS PRENSA CUBANA HOY
Todo lo q el comunismo. Le pone la Mano Lo hace#Mierdad. El problema de todo. Lo tiene la Dictadura, No hay ningun tipo de libertad. Todo es controlado poel el Estado. Los ciudadanos nacen con un techo en la cabeza q no le permite Crecer
ResponderEliminarNo estoy de acuerdo con eso, porque ese mismo Comunismo le puso la mano a la educación y a la salud, y ambos servicios son no solo gratuitos, sino de avanzada. Los ejemplos están al alcance de la mano. Socialismo Si
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